¿Es el trastorno bipolar una condición válida para la discapacidad?

Comprender los beneficios por discapacidad: SSDI y SSI

El trastorno bipolar es una condición calificada para la discapacidad. Compartimos la posición de la Administración del Seguro Social sobre la concesión de Seguro de Incapacidad de Seguridad Social (SSDI) y Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) a las personas con trastorno bipolar para que entiendan las complejidades de las pautas de elegibilidad y las diferencias entre los beneficios de SSDI y SSI.

Salud mental y seguridad social

El Seguro Social sí comprende , al menos en la medida en que uno puede ver al leer sus reglas , que los problemas de salud mental pueden ser muy graves. Casi el 45% de todos los solicitantes exitosos tienen un problema de salud mental como uno de varios problemas médicos. En más del 25% de todos los casos exitosos de solicitantes, el problema más grave que se presenta está relacionado con la salud mental.

La Administración de Seguridad Social tiene una lista muy detallada de impedimentos que califica a un individuo para la discapacidad. La Sección 12 es específica para los trastornos mentales ; La Sección 12.04 aborda los trastornos afectivos, como el trastorno bipolar .

El documento anterior establece que los trastornos afectivos son "... caracterizados por una alteración del estado de ánimo, acompañado por un síndrome maníaco o depresivo total o parcial. El estado de ánimo se refiere a una emoción prolongada que colorea toda la vida psíquica; generalmente implica depresión o euforia ".

Pautas de elegibilidad

Una persona con un trastorno mental es elegible para recibir beneficios cuando cumple con los requisitos descritos en las secciones A y B o en la sección C (ver a continuación).

A. Persistencia documentada médicamente, ya sea continua o intermitente, de uno de los siguientes:

  1. Síndrome depresivo caracterizado por al menos cuatro de los siguientes:
    • Anhedonia o pérdida generalizada de interés en casi todas las actividades
    • Alteración del apetito con cambio de peso
    • Alteración del sueño
    • Agitación o retraso psicomotor
    • Disminución de energía
    • Sentimientos de culpa o inutilidad
    • Dificultad para concentrarse o pensar
    • Pensamientos de suicidio
    • Alucinaciones , delirios o pensamiento paranoico
  1. Síndrome maníaco caracterizado por al menos tres de los siguientes:
    • Hiperactividad
    • Presión del habla
    • Vuelo de ideas
    • Autoestima inflada
    • Disminución de la necesidad de dormir
    • Fácil distracción
    • Participación en actividades que tienen una alta probabilidad de consecuencias dolorosas que no son reconocidas
    • Alucinaciones , delirios o pensamiento paranoico
  2. Síndrome bipolar con una historia de períodos episódicos manifestada por la imagen sintomática completa de los síndromes maníaco y depresivo (y actualmente se caracteriza por uno o ambos síndromes).

B. Resultando en al menos dos de los siguientes:

  1. Marcada restricción de las actividades de la vida diaria
  2. Dificultades marcadas en el mantenimiento del funcionamiento social
  3. Dificultades marcadas para mantener la concentración, la persistencia o el ritmo
  4. Episodios repetidos de descompensación, cada uno de duración extendida

C. Historial médicamente documentado de un trastorno afectivo crónico de al menos 2 años de duración que ha causado más que una limitación mínima de la capacidad para realizar actividades laborales básicas, con síntomas o signos actualmente atenuados por medicamentos o apoyo psicosocial, y uno de los siguientes: :

  1. Episodios repetidos de descompensación, cada uno de duración extendida
  2. Un proceso de enfermedad residual que ha dado lugar a un ajuste tan marginal que incluso un aumento mínimo en las demandas mentales o cambios en el entorno predeciría que el individuo se descompensaría
  1. La historia actual de la incapacidad de uno o más años para funcionar fuera de un acuerdo de vivienda de gran apoyo, con una indicación de la necesidad continua de tal arreglo.

Reglas de seguridad social para el trastorno bipolar

Como esto indica, el Seguro Social tiene muchas reglas especiales que se aplican a los problemas de salud mental. Cuando llegue a contratar a un abogado, asegúrese de hablar con él / ella sobre esas reglas. Sin embargo, la Seguridad Social no es buena para otorgar beneficios por discapacidad a personas con problemas serios de salud mental en los pasos iniciales o de reconsideración. Por esta razón, las personas con problemas de salud mental y sus defensores ( psiquiatras , terapeutas y abogados con conocimiento) necesitan preparar y documentar sus casos cuidadosamente.